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domingo, 28 de septiembre de 2014

Referendo en Cataluña

Segundo o artigo 137 da Constitución española de 1978, o Estado español se organiza territorialmente en municipios, provincias e Comunidades Autónomas. Unha delas é a Cataluña.
O presidente da Generalitat, Artur Mas, asinou o pasado sábado 27 de setembro, o decreto de convocatoria da consulta de autodeterminación de Cataluña. O referendo para coñecer a opinión da cidadanía catalá sobre o seu futuro político e a súa relación con España terá lugar o próximo 9 de novembro. A sinatura do decreto realizouse en presenza dos representantes dos grupos políticos que apoian este proceso.
O presidente da Generalitat no seu discurso salientou que “existe unha maioría social e consenso político, que recoñece a Cataluña como nación e unidade política na diversidade ideolóxica, que serviu para pactar a data, pregunta e os marcos legais necesarios”.
A convocatoria do referendo faise de acordo coa lei de consultas aprobada polo parlamento catalán.
Está previsto que en breve o goberno central impugne esta consulta no Tribunal Constitucional, facendo así que sexa anulada, amparándose no título preliminar da constitución, no que se recolle que a soberanía nacional reside no pobo español.
Se o executivo de Artur Mas levase todo este proceso ata o final, o goberno español, de acordo co artigo 155 do título VIII (organización territorial do Estado), podería adoptar as medidas necesarias para obrigar a Cataluña ao cumprimento forzoso das leis vixentes en todo o Estado, e facer cumprir as obrigas que a Constitución ou outras leis impoñan. Incluso, isto podería levar á suspensión da autonomía catalá.
Luzía Pardo Abuín
Fonte: elpais.com  (27.09.2014)


martes, 14 de mayo de 2013

Declaración do Parlament de Catalunya

Os días nos que estivemos explicando a organización territorial do Estado español coincidiron cunha Declaración do Parlament de Catalunya sobre o dereito a decidir desa comunidade. Constitución de 1978, Estatuto de Autonomía, nación, estado, autogoberno, dereito de autodeterminación, argumentos históricos… son conceptos necesarios para entender este texto que limos na aula:

 El pueblo de Cataluña, a lo largo de su historia, ha manifestado democráticamente la voluntad de autogobernarse, con el objetivo de mejorar el progreso, el bienestar y la igualdad de oportunidades de toda la ciudadanía, y para reforzar la cultura propia y su identidad colectiva.
El autogobierno de Cataluña se fundamenta también en los derechos históricos del pueblo catalán, en sus instituciones seculares y en la tradición jurídica catalana. El parlamentarismo catalán tiene sus fundamentos en la Edad Media, con las asambleas de Pau i Treva (Paz y Tregua) y de la Corte Comtal (Corte Condal).
En el siglo XIV se crea la Diputació del General o Generalitat, que fue adquiriendo más autonomía hasta actuar, durante los siglos XVI y XVII, como gobierno del Principat de Catalunya. La caída de Barcelona en 1714, a raíz de la Guerra de Sucesión, comportó que Felipe V aboliera con el Decret de Nova Planta, el derecho público catalán, y las instituciones de autogobierno.
Este itinerario histórico estuvo compartido con otros territorios, hecho que ha configurado un espacio común lingüístico, cultural, social y económico, con vocación de reforzarlo y promoverlo desde el reconocimiento mutuo.
Se negociará con el Estado, las instituciones europeas y la comunidad internacional
Durante todo el siglo XX la voluntad de autogobernarse de las catalanas y los catalanes ha sido una constante. La creación de la Mancomunitat de Catalunya en 1914 supuso un primer paso en la recuperación del autogobierno, que fue abolido por la dictadura de Primo de Rivera. Con la proclamación de la Segunda República española se constituyó un gobierno catalán en 1931 con el nombre de Generalitat de Catalunya, que se dotó de un Estatut d’Autonomia.
La Generalitat fue abolida de nuevo en 1939 por el general Franco, que instauró un régimen dictatorial hasta el 1975. La dictadura contó con una resistencia activa del pueblo y el Gobierno de Cataluña. Uno de los hitos de la lucha para la libertad es la creación de la Assemblea de Catalunya en 1971, previa a la recuperación de la Generalitat, con carácter provisional, con el retorno en 1977 de su presidente en el exilio. En la transición democrática, y en el contexto del nuevo sistema autonomista definido por la Constitución española de 1978, el pueblo de Cataluña aprobó mediante un referéndum el Estatut d’Autonomia de Catalunya en 1979, y celebró las primeras elecciones al Parlament de Catalunya en 1980.
En los últimos años, en la vía de la profundización democrática, una mayoría de las fuerzas políticas y sociales catalanas han impulsado medidas de transformación del marco político y jurídico. Las más recientes, concretadas en el proceso de reforma del Estatut d’Autonomia iniciado por el Parlament en 2005. Las dificultades y negativas por parte de las instituciones del Estado español, entre las cuales hay que destacar la sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010, comportan una negativa radical a la evolución democrática de las voluntades colectivas del pueblo catalán dentro del Estado español y crea las bases para una involución en el autogobierno, que hoy se expresa con total claridad en los aspectos políticos, competenciales, financieros, sociales y lingüísticos.
De diferentes formas, el pueblo de Cataluña ha expresado la voluntad de superar la actual situación de bloqueo en el seno del Estado español. Las manifestaciones masivas del 10 de julio de 2010 bajo el lema Som una nació, nosaltres decidim y la del 11 de septiembre de 2012 bajo el lema Catalunya nou estat d’ Europa son expresión del rechazo de la ciudadanía contra la falta de respeto a las decisiones del pueblo de Cataluña.
Con fecha 27 de septiembre de 2012, mediante la resolución 742/IX, el Parlament de Catalunya constató la necesidad que el pueblo de Cataluña pudiera determinar libremente y democráticamente su futuro colectivo mediante una consulta. La últimas elecciones al Parlament de Catalunya del 25 de noviembre de 2012 han expresado y confirmado esta voluntad de forma clara e inequívoca.
Para poder llevar a cabo este proceso, el Parlament de Catalunya, reunido en la primera sesión de la X legislatura, y en representación de la voluntad de la ciudadanía de Cataluña expresad democráticamente en las últimas elecciones, formula la siguente:
» Declaración de soberanía y el derecho a decidir del pueblo de Cataluña. De acuerdo con la voluntad mayoritaria expresada democráticamente por parte del pueblo de Cataluña, el Parlament de Catalunya acuerda iniciar el proceso para hacer efectivo el ejercicio del derecho a decidir para que los ciudadanos y las ciudadanas de Cataluña puedan decidir su futuro político colectivo, de acuerdo con los principios siguientes:
Soberanía. El pueblo de Cataluña tiene, por razones de legitimidad democrática, carácter de sujeto político y jurídico soberano.
Legitimidad democrática. El proceso del ejercicio del derecho a decidir será escrupulosamente democrático, garantizando especialmente la pluralidad de opciones y el respeto a todas ellas, a través de la deliberación y el diálogo en el seno de la sociedad catalana, con el objetivo de que el pronunciamiento que resulte sea la expresión mayoritaria de la voluntad popular, que será el garante fundamental del derecho a decidir.
Transparencia. Se facilitarán todas las herramientas necesarias para que el conjunto de la población y la sociedad civil catalana tenga toda la información y el conocimiento preciso para el ejercicio del derecho a decidir y se promueva su participación en el proceso.
Diálogo. Se dialogará y se negociará con el Estado español, las instituciones europeas y el conjunto de la comunidad internacional.
Cohesión social. Se garantizará la cohesión social y territorial del país y la voluntad expresada en múltiples ocasiones por la sociedad catalana de mantener Cataluña como un solo pueblo.
Europeísmo. Se defenderán y promoverán los principios fundacionales de la UE, particularmente los derechos fundamentales de los ciudadanos, la democracia, el compromiso con el Estado de bienestar, la solidaridad entre los diferentes pueblos de Europa y la apuesta por el progreso económico, social y cultural.
Legalidad. Se utilizarán todos los marcos legales existentes para hacer efectivo el fortalecimiento y el ejercicio del derecho a decidir.
Papel principal del Parlament. El Parlamento en tanto que la institución que representa al pueblo de Cataluña tiene un papel principal en este proceso y por tanto se habrán de acordar y concretar los mecanismos y las dinámicas de trabajo que garanticen este principio.
Participación. El Parlament de Catalunya y el Gobierno de la Generalitat han de hacer partícipes activos a todo este proceso el mundo local, y el máximo de fuerzas políticas, agentes económicos y sociales, y entidades culturales y cívicas de nuestro país, y concretar mecanismos que garanticen este principio.
El Parlament de Catalunya alienta al conjunto de ciudadanos y ciudadanas a ser activos y protagonistas en este proceso democrático del ejercicio del derecho a decidir del pueblo de Cataluña.